Kik resuelve la venta de tokens no registrados por USD 5 millones

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El 21 de octubre de 2020, el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York (SDNY, por sus siglas en inglés) emitió una sentencia definitiva sobre el consentimiento contra Kik Interactive Inc. (Kik) después de que el Tribunal determinara previamente que Kik no cumplió con los requisitos de registro de la Ley de Valores de 1933[ 1 ] (Ley de Valores) como alegó anteriormente la Comisión de Bolsa y Valores (SEC).[ 2 ] En el acuerdo, Kik acordó (i) pagar una multa de $ 5 millones a la SEC y (ii) proporcionar a la SEC un aviso de 45 días antes de que Kik participe en cualquier emisión, oferta, venta o transferencia de cualquier activo digital dentro de los próximos tres años de este juicio final.

Kik, el desarrollador de una popular aplicación de mensajería de uso gratuito, desarrolló su propio "ecosistema digital" y una criptomoneda correspondiente llamada "Kin". Kik ofreció y vendió Kin en una oferta inicial de monedas (ICO), que se estructuró en un período de venta público y privado. Durante el período de venta privada, Kik celebró acuerdos simples para tokens futuros (SAFT) con 50 inversores sofisticados y recaudó aproximadamente $ 50 millones en efectivo. El día después de que finalizó el período de venta privada, comenzó la venta pública y recaudó otros $ 49.2 millones en Ethereum de aproximadamente 10,000 inversores. Al final del período de venta pública, Kik solo había lanzado un producto con funciones básicas de billetera para Kin. Si bien la plataforma y el ecosistema aún no se habían desarrollado, el comercio secundario de Kin comenzó de inmediato.[ 3 ]

La SEC alegó que Kin son valores y que Kik ofreció y vendió dichos valores a inversionistas sin una declaración de registro o cualquier exención de registro según lo requerido por la sección 5 de la Ley de Valores.

El SDNY se basó en su dictamen en la Howey . Howey proporciona el marco para determinar si un instrumento es un "contrato de inversión", que debe registrarse como una oferta de valores a menos que se aplique una exención. La prueba consta de las siguientes cuatro puntas: (i) inversión de dinero, (ii) empresa común, (iii) expectativa de ganancias y (iv) esfuerzos de otros.[ 4 ]

Si bien las partes no cuestionaron la inversión de dinero, el análisis de una empresa común y la expectativa de ganancias fueron el núcleo de la decisión del SDNY. La empresa común puede estar satisfecha con la comunalidad horizontal, que se refiere a los inversores que agrupan los activos y comparten las ganancias en forma prorrateada. Kik trató de rechazar la idea de una empresa común entre ella y sus inversores sobre la base de las renuncias en sus acuerdos que rigen esa relación. Sin embargo, el Tribunal simplemente analizó la realidad económica en la que Kik, directa e indirectamente (junto con sus inversores), tenía interés en el éxito de Kin.[ 5 ]

En declaraciones públicas durante el período de venta pública, Kik enfatizó cómo los inversores podrían obtener ganancias con el aumento de la demanda en Kin. La Corte encontró que las declaraciones de Kik llevaron a los inversionistas a esperar ganancias de su inversión inicial derivadas de aumentos en el precio de Kin en el mercado secundario.[ 6 ] Si bien Kik afirmó que Kin no era un medio para obtener ganancias, sino más bien un medio de uso consuntivo, el Tribunal consideró que esta defensa no tenía mérito ya que el supuesto ecosistema nativo de Kin no existía al final del período de venta pública.[ 7 ]

Después de determinar que Kin son valores bajo el Howey prueba[ 8 ] Luego, el Tribunal analizó la afirmación de Kik de que el período de venta privada estaba exento de presentar una declaración de registro en virtud del Reglamento D ("Reg. D"). Un Reg. La exención D se aplica cuando el emisor de valores tiene un cuidado razonable para garantizar que los inversores sean inversores acreditados y presenta el Formulario D ante la SEC. Para determinar si distintas ventas forman parte de una oferta integrada para efectos del Reg. D, se consideran los siguientes factores: (i) si las ventas son parte de un solo plan de financiamiento, (ii) si las ventas involucran emisiones de la misma clase de valores, (iii) si las ventas se han realizado en o alrededor de mismo tiempo, (iv) si se recibe el mismo tipo de contraprestación, y (v) si las ventas se realizan con el mismo propósito general.[ 9 ] El primer y el quinto factor generalmente tienen mayor peso.[ 10 ]

Kik presentó el Formulario D ante la SEC con respecto a la venta privada y afirmó que las ventas públicas y privadas no estaban integradas ya que cada venta utilizó un tipo diferente de contraprestación. Sin embargo, el Tribunal determinó que se cumplían los dos factores más relevantes, el plan único de financiamiento de las ventas y el mismo propósito general. El Tribunal también rechazó la afirmación de Kik de que ambas ventas aceptaron diferentes tipos de contraprestación, ya que Ethereum aceptó durante el período de venta pública, ya que la contraprestación podría "convertirse fácilmente" en dólares estadounidenses, que se utilizó como contraprestación durante el período de venta privada.[ 11 ]

La decisión del Tribunal es sorprendentemente similar a la del SDNY Telegram decisión de marzo de 2020 por el juez Castel.[ 12 ] Sin embargo, a pesar de la Telegram La decisión se quedó corta al encontrar que el token Gram de Telegram en realidad constituía valores y, en cambio, sostuvo que tal hallazgo tendría una "probabilidad sustancial de éxito". El presente caso va más allá y en realidad responde a esta pregunta con respecto a Kin.

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[ 1 ] 15 USC § 77e.

[ 2 ] SEC contra Kik Interactive Inc., 2020 Distrito de EE. UU. LEXIS 181087 (SDNY 30 de septiembre de 2020).

[ 3 ] Id. 2-9.

[ 4 ] Véase SEC contra WJ Howey Co., 328 US 293, 298-99 (1946).

[ 5 ] Kik interactivo, 2020 Distrito de EE. UU. LEXIS en 12-17.

[ 6 ] Vivienda Unida Found., Inc. contra Forman, 421 US 837, 95 S. Ct. 2051 (1975).

[ 7 ] Id. en 17-21

[ 8 ] Id. a las 14.

[ 9 ] Regla 506(c) de la Regulación D (17 CFR § 230.506).

[ 10 ] SEC contra Mattera, núm. 11 cív. 8323 (PKC), 2013 Dist. de EE. UU. LEXIS 174163, 2013 WL 6485949, en *13 (SDNY 9 de diciembre de 2013).

[ 11 ] Kik interactivo, 2020 Distrito de EE. UU. LEXIS en 22-25.

[ 12 ] SEC contra Telegram Grp. Cª, No. 19-cv-9439 (PKC) (SDNY 24 de marzo de 2020).

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