En una sentencia reciente (T-726/21), el Tribunal General (“GC”) confirmó que Rolex SA (“Rolex”) no podía impedir que la marca de moda danesa “Junk de Luxe” (propiedad de la empresa PWT A/S ) de registrar una marca para su logotipo que representa una corona.
El signo impugnado se solicitó, entre otros, para productos que cubrían prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería en la clase 25, mientras que la marca anterior de Rolex se registró para relojes en la clase 14.
La pregunta era si Rolex podía demostrar una reputación suficiente en la UE y si el uso de la marca impugnada, sin causa justificada, se aprovecharía indebidamente del carácter distintivo o la reputación de la marca anterior o sería perjudicial para ellos.
La División de Oposición estimó la oposición sobre la base del artículo 8, apartado 5, del RMUE y concluyó que la marca impugnada se aprovecharía indebidamente del carácter distintivo o del renombre de la marca compuesta ROLEX. En consecuencia, la División de Oposición rechazó el registro de la marca impugnada para todos los productos y servicios solicitados en las clases 3, 9, 18, 25 y 35. PWT A/S apeló esta decisión, pero solo en relación con los productos de la clase 25, a saber, prendas de vestir, calzado y sombrerería.
La Sala de Apelación estimó el recurso. Consideró que no había riesgo de confusión sobre la base del artículo 8, apartado 1, letra b), del RMUE y que, aunque la marca registrada compuesta ROLEX (que consta tanto de la corona como de la palabra ROLEX) tiene reputación de relojes de pulsera, el público pertinente no establecer un vínculo entre las marcas. En consecuencia, no se estableció ningún riesgo de perjuicio para la reputación de la marca compuesta anterior.
Rolex llevó la decisión de la Sala de Apelación ante el GC.
Probabilidad de confusión
La Sala de Recurso había determinado que las prendas de vestir, el calzado y los artículos de sombrerería amparados por la marca impugnada eran diferentes de las joyas y los relojes amparados por las marcas anteriores debido a las diferentes características y usos previstos. El primero se usa para vestir el cuerpo, mientras que el segundo está destinado al adorno personal. Además, se constató que estos bienes no se distribuían por los mismos canales y no competían ni se complementaban entre sí.
Rolex criticó a la Sala de Recurso por comparar los productos en cuestión sin haber tenido en cuenta su origen habitual ni la práctica habitual del mercado seguida en relación con ellos. Además, Rolex alegó que los bienes pertenecen a segmentos de mercado vinculados y que su compra puede estar motivada por la búsqueda de una complementariedad estética.
El TG rechazó todos los argumentos presentados por Rolex y concluyó que no había riesgo de confusión entre las dos marcas en el sentido del art. 8(1)(b) del RMUE.
Infracción de la marca renombrada
En relación con la reputación de la marca ROLEX, se había establecido que la marca compuesta, que constaba tanto de la corona como de la palabra ROLEX, había adquirido reputación dentro de la Unión Europea. En relación con la similitud entre esta marca y la marca solicitada, la Sala de Recurso había llegado a la conclusión de que, como máximo, las marcas eran visualmente similares en un grado muy bajo, y que la similitud conceptual resultante de la presencia común de una corona tenía un alcance muy limitado. impacto. De ello dedujo que el público relevante no establecería un vínculo entre dichas marcas, por lo que no se acreditaba ningún riesgo de perjuicio para la reputación de la marca compuesta anterior.
El TG no se pronunció sobre la decisión de la Sala de Recurso en cuanto a la proximidad de los productos en cuestión y el establecimiento de un vínculo en la mente de los consumidores (aceptando así el razonamiento de la Sala de Recurso a este respecto). El TG centró su razonamiento en el requisito relativo a la prueba de que el uso de la marca solicitada supondría un aprovechamiento desleal del carácter distintivo o de la notoriedad de la marca anterior, o que iría en detrimento de dicho carácter distintivo o de dicha notoriedad.
A este respecto, el TG concluyó que Rolex no había probado que existiera un riesgo grave de que se produjera una lesión en su marca en el futuro. En su evaluación, el TG se centró en la carga de la prueba y afirmó que Rolex se había limitado a hacer referencia a ciertas páginas de sus observaciones ante la División de Oposición y solo había argumentado en términos generales en relación con la existencia del daño a la marca reputada. Tal argumentación no fue considerada suficiente por el GC.
En consecuencia, Rolex no había probado que el uso de la marca impugnada se aprovecharía indebidamente del carácter distintivo o la reputación de la marca anterior o sería perjudicial para ellos. Por lo tanto, el recurso fue desestimado en su totalidad por el TG.
Comentario
La decisión es particularmente interesante en relación con la cuestión de la proximidad de los productos en cuestión a la luz de la evaluación del alcance de la protección de una marca de renombre.
Aunque la jurisprudencia ha declarado anteriormente que no hay similitud entre la ropa y, por ejemplo, las joyas y los relojes en cuanto a la evaluación del riesgo de confusión, parece ser un enfoque bastante estricto adoptado por el TG en el presente asunto, ya que estamos tratando con una marca de lujo de renombre como ROLEX y dado que los artículos de moda, cuando se trata de marcas de lujo y de renombre, es muy probable que a los ojos de los consumidores cubran varios tipos de productos (de diferentes categorías) como ropa, joyas y relojes. Se debe suponer que el carácter débil del elemento de la corona en colisión también ha desempeñado un papel importante en la conclusión de que no se produjo ninguna infracción.
Además, la decisión subraya que no basta con referirse a la reputación de una marca y, en términos generales, afirmar que existe un riesgo de lesión. Este riesgo debe justificarse con argumentos y pruebas sólidos.
_____________________________
Para asegurarse de no perderse las actualizaciones periódicas del Blog de marcas comerciales de Kluwer, suscríbase esta página.
Ley de propiedad intelectual de Kluwer
El Encuesta 2022 Future Ready Lawyer mostró que el 79% de los abogados piensa que la importancia de la tecnología legal aumentará para el próximo año. Con Kluwer IP Law, puede navegar por la práctica cada vez más global de la ley de PI con información y herramientas especializadas, locales y transfronterizas desde cada ubicación preferida. ¿Está usted, como profesional de la PI, preparado para el futuro?
Aprende cómo Ley de propiedad intelectual de Kluwer puede apoyarte
- Distribución de relaciones públicas y contenido potenciado por SEO. Consiga amplificado hoy.
- Platoblockchain. Inteligencia del Metaverso Web3. Conocimiento amplificado. Accede Aquí.
- Fuente: https://trademarkblog.kluweriplaw.com/2023/03/04/general-court-allows-danish-fashion-brand-to-register-their-crown-logo-despite-objections-from-rolex/
- 1
- 9
- a
- Mi Cuenta
- adquirido
- la columna Acción
- adición
- Adicionalmente
- Ventaja
- Todos
- permite
- entre
- y
- apelar
- Aparecer
- aplicada
- enfoque
- argumentos
- Arte
- artículo
- evaluación
- auto
- basado
- base
- antes
- "Ser"
- entre
- Blog
- tablero
- cuerpo
- Fondo
- marca
- marcas
- Traído
- carga
- case
- categoría
- Causar
- a ciertos
- canales
- personaje
- características
- clase
- privadas
- Ropa
- comentario
- Algunos
- compañía
- comparar
- competencia
- complementario
- conceptual
- Concluido
- Confirmado
- confusión
- conexión
- En consecuencia
- Que consiste
- Clientes
- contenido
- podría
- CORTE
- Protectora
- cubierto
- cubierta
- transfronterizo
- corona
- personalizado
- tratar
- Koops
- Grado
- demostrar
- representando
- A pesar de las
- HIZO
- una experiencia diferente
- distribuidos
- División
- cada una
- Más temprano
- suficientes
- totalidad
- se establece
- establecimiento
- EU
- Europea
- Unión Europea
- Incluso
- Cada
- evidencia sólida
- externo
- Ojos
- Fallidos
- Moda
- la búsqueda de
- centrado
- seguido
- Ex
- adelante
- encontrado
- en
- futuras
- General
- Buscar
- bienes
- es
- Cómo
- HTTPS
- Impacto
- importancia
- in
- aumente
- cada vez más
- información
- infracción
- ejemplo
- interesante
- interno
- IP
- IT
- artículos
- Tipo
- de derecho criminal
- abogado
- empresas
- APRENDE:
- Legal
- luz
- que otros
- Limitada
- LINK
- vinculado
- local
- Ubicación
- logo
- Baja
- Marketing de Lujo
- gran
- para lograr
- marca
- Mercado
- Materia
- max-ancho
- sentido
- simplemente
- mente
- más,
- MEJOR DE TU
- motivado
- a saber
- Navegar
- Next
- se produjo
- ONE
- oposición
- Natural
- Otro
- Otros
- propiedad
- particularmente
- (PDF)
- con
- Platón
- Inteligencia de datos de Platón
- PlatónDatos
- jugado
- Por favor
- preferido
- presencia
- presente
- evitar
- previamente
- Productos
- Profesional
- prueba
- Protección
- Demostrar.
- probado
- público
- comprar
- poner
- pregunta
- más bien
- ready
- reciente
- con respecto a
- registrarte
- registrado
- registrarse
- Registro
- regular
- relación
- reputación
- requisito
- resultado
- resultante
- Riesgo
- Función
- rolex
- SA
- mismo
- alcance
- Buscar
- segmentos
- grave
- Servicios
- firmar
- similares
- desde
- especializado
- estándar
- comienzo
- Estado
- dijo
- estricto
- fuerte
- Subido
- Suscríbase
- tal
- suficiente
- SOPORTE
- ¡Prepárate!
- Tecnología
- términos
- El
- El futuro de las
- su
- de este modo
- por lo tanto
- A través de esta formación, el personal docente y administrativo de escuelas y universidades estará preparado para manejar los recursos disponibles que derivan de la diversidad cultural de sus estudiantes. Además, un mejor y mayor entendimiento sobre estas diferencias y similitudes culturales permitirá alcanzar los objetivos de inclusión previstos.
- a
- marca
- unión
- Actualizaciones
- utilizan el
- diversos
- relojes
- sean
- mientras
- seguirá
- dentro de
- sin
- Palabra
- se
- año
- zephyrnet